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VISADO 2019 - AUTORIZACIONES TRANSPORTE VDE

La Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento (BOE 14/12/2018), establece el calendario para la realización del visado de las autorizaciones de transporte, y en concreto, las autorizaciones habilitantes para realizar transporte público de viajeros en autobús VDE (anteriormente VD).

Al respecto, el régimen que regirá a las autorizaciones de transporte será el siguiente:

• Las autorizaciones ya no se documentarán en tarjetas de transporte (físicas), figurarán en soporte electrónico (inscripción) en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, identificadas registralmente con la clave VDE.

• El visado se realizará de oficio por el órgano competente para su otorgamiento por razón del lugar donde se encuentren domiciliadas (Direccion General de Transportes de las Comunidades Autónomas correspondientes).

El tramite consistirá en que 10 días antes de la fecha del visado el órgano competente remitirá a todos los titulares de las autorizaciones / representantes una comunicación electrónica (PROPUESTA DE VISADO) en la que se advertirá al titular de la autorización de que debe prestar su consentimiento para la realización del visado utilizando al efecto la aplicación específica para la GESTIÓN DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE INTERIOR disponible en la sede electrónica del Ministerio de Fomento (https://sede.fomento.gob.es/TRANSPORTE-NACIONAL/).

En dicha comunicación electrónica se informará del mes de visado, direccion de la aplicación de acceso a la propuesta de visado, enlace a la CCAA para el abono de la tasa e informacion relativa a la subsanación de errores. A la propuesta de visado tendrán acceso los titulares de las autorizaciones / representantes a través de la sede electrónica durante el mes en el que le corresponde realizar el trámite y que deberán confirmar para iniciar el expediente (la falta de confirmación conllevaría la baja de la autorización por falta de visado).

• La conformidad del titular de la autorización / representante se presenta vía electrónica. Los titulares de las autorizaciones / representantes siempre podrán confirmar la propuesta, aunque no hayan recibido comunicación previa.

• Para proceder al visado es imprescindible el abono de la tasa telemáticamente.

• Una vez efectuadas estas actuaciones por el titular de la autorización / representante, la Administracion procederá a realizar las comprobaciones oportunas y de existir alguna anomalía procederá a requerir de oficio al solicitante para que subsane la incidencia por requerimiento.

• Una vez efectuado el visado la Administracion dictara una resolución de conformidad o desistimiento en el caso de que se hubiera subsanado el requerimiento y el visado no se haya efectuado.

• Las autorizaciones VDE serán referidas a un vehículo concreto, es decir, antes de proceder al visado o simultáneamente al mismo el titular debe pedir la adscripción de la autorización a vehículo concreto.

• Calendario de los visados para las autorizaciones VDE: Enero / CIF NIF (terminado) 1 - Febrero / CIF NIF 2 - Marzo / CIF NIF 3 - Abril / CIF NIF 4 - Mayo / CIF NIF 5 - Junio / CIF NIF 6 - Julio / CIF NIF 7 - Septiembre / CIF NIF 8 - Octubre / CIF NIF 9 - Noviembre / CIF NIF 0.

En las próximas fechas, desde la Direccion General de Transportes de la Comunidad de Madrid nos informaran más detalladamente del procedimiento de visado para las autorizaciones VDE a iniciarse a primeros de enero a través de Circular Informativa destinada al efecto, y del que os daremos cumplida informacion.

Tienes a tu disposición la Resolución en la Web de la Asociación www.aetram.es dentro de la sección NORMATIVA del AREA ASOCIADOS.