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TRÁFICO APROBARÁ LA REDUCCIÓN DE LA EDAD PARA ACCEDER A LOS PERMISOS DE CONDUCIR PROFESIONALES

La Dirección General de Tráfico regulara próximamente la modificación del Reglamento General de Conductores que significará la trasposición a nuestra legislación de la Directiva 2006/16 de la Unión Europea, con varias novedades interesantes, en especial para los conductores profesionales y con motivo para poder cubrir las necesidades de conductores y a la vez, para ofrecer una posible salida laboral para algunos jóvenes, por lo que se ha rebajado la edad de acceso a estos permisos, teniendo en cuenta, además, la posesión o no del CAP, en sus diferentes modalidades, para rebajar más o menos la edad de acceso a los permisos profesionales. Esta es una reclamación histórica del sector (ANETRA) como un medio de atraer a conductores a la profesión y para igualar las edades de obtención de los permisos con las exigidas en la mayoría de los países de la Unión Europea.

Respecto a los permisos de conducir relativos al transporte de personas en vehículos de más de 8 pasajeros (D y D1) las condiciones serían las siguientes:

• Permiso D1 - Vehículos para el transporte de no más de 16 pasajeros además del conductor y cuya longitud máxima no exceda de 8 metros (en la actualidad es a partir de 21 años + CAP inicial viajeros de 140 horas):

Edad mínima: 18 años cumplidos para titulares del CAP obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria (280 horas), si bien solo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.

• Permiso D - Vehículos para el transporte de más de 8 pasajeros además del conductor (en la actualidad es a partir de 24 años + CAP inicial viajeros de 140 horas):

a) Edad mínima: 21 años cumplidos para titulares del CAP obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria (280 horas).

b) Edad mínima: 21 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada (140 horas) y se trata de transporte de viajeros regulares cuyo trayecto no supere los 50 Km.

c) Edad mínima: 23 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada (140 horas).

Dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos, se podrá conducir a las siguientes edades.

a) 18 años cumplidos en caso de que se conduzcan estos vehículos sin pasajeros o si se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 Km, para los titulares del CAP que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria (280 horas).

b) 20 años cumplidos para los titulares del CAP que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria (280 horas).