Desde AETRAM tenemos constancia de una reciente Sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid, en la cual las pretensiones de derechos de propiedad intelectual ejercidos por las entidades AGEDI y AIE contra una empresa de transporte de viajeros, perteneciente a nuestra Asociación, han sido rechazadas desestimándose la demanda interpuesta por estas entidades, de similar naturaleza a la SGAE.
Conforme a mencionada sentencia, “la mera adquisición de unos autobuses, que traían incorporado reproductores de DVD y CD, (…) no implica una prueba directa, ni el hecho base de una presunción, a fin de deducir de ello la utilización de los mismos”. Por tanto, esta sentencia se une ya a otras recientes falladas en el mismo sentido, que declaran que el equipamiento con video, TV o radio no presupone su utilización y funcionamiento.