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DIRECCIÓN ELECTRÓNICA VIAL (DEV)

La Dirección Electrónica Vial (DEV) es obligatoria para las personas jurídicas titulares de vehículos profesionales.

En este sentido, para vuestro conocimiento y a los efectos oportunos, a continuación os informamos, a los efectos oportunos, de la comunicación de la Unidad de Ordenación de Normativa de la Dirección General de Tráfico, en la que se indica se va a remitir una carta a las personas jurídicas que tienen en la actualidad una flota de 20 o más vehículos y que no conste que estén dadas de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV):

“A partir del día 29 de octubre, la Dirección General de Tráfico va a remitir a las personas jurídicas que tienen en la actualidad una flota de 20 o más vehículos y que no consta que estén dadas de alta en la DEV la carta que se adjunta, para su conocimiento.  

Esta carta tiene como objeto favorecer que las personas jurídicas se den de alta en la Dirección Electrónica Vial, toda vez que desde junio de 2016 la Dirección General de Tráfico hará efectiva la obligatoriedad de disponer de la misma para matricular o cambiar la titularidad de un vehículo.  

La puesta en marcha del Registro de Apoderamientos de la DGT, publicado en el BOE el 16 de abril pasado, permite que las notificaciones puedan ser leídas por un representante, favoreciendo así la gestión de las incidencias de las flotas, entre las que se encuentran las notificaciones electrónicas”.