DECLARACIÓN DE SOCIEDADES 2015
Las principales novedades incorporadas por la nueva normativa reguladora (Ley y nuevo Reglamento del Impuesto), plasmada en estos nuevos modelos, son las siguientes:
- Se actualiza el principio de devengo, en consonancia con los criterios contables.
- Se establece la no deducibilidad de cualquier tipo de deterioro, con la excepción de las existencias y de los créditos y partidas a cobrar. Tampoco serán deducibles el deterioro de los valores de renta fija ni el correspondiente a los activos cuya imputación como gasto en la base imponible se realiza de manera sistemática.
- Se incorpora una limitación adicional en relación con la deducibilidad de los gastos financieros asociados a la adquisición de participaciones en entidades cuando, posteriormente, la entidad adquirida se incorpora al grupo de consolidación fiscal al que pertenece la adquirente o es objeto de una operación de reestructuración. En los modelos 200 y 220 se ha desarrollado el cuadro de deducibilidad de los gastos financieros.
- En el ámbito de las operaciones vinculadas se presentan novedades en relación con la documentación específica a elaborar por las entidades afectadas, que tiene un contenido simplificado para las entidades o grupos de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 45 millones de euros.
- Se modifica de forma sustancial el tratamiento de la compensación de bases imponibles negativas, destacando la posibilidad de aplicar dichas bases imponibles en ejercicios posteriores sin límite temporal, con una limitación cuantitativa del 70 por 100 de la base imponible previa a su compensación, admitiéndose un importe máximo de un millón de euros.
- Se incorpora al procedimiento para evitar la doble imposición un régimen de exención general para participaciones significativas tanto en el ámbito interno como en el internacional.
- Se introducen elementos novedosos en relación con el tipo de gravamen, reduciendo el tipo general por un lado, que pasa del 30 al 25 por 100, y equiparando el tipo de gravamen general con el de la pequeña y mediana empresa.
- En materia de incentivos fiscales, desaparece la deducción por inversiones medioambientales y se sustituyen la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios y la deducción por inversión de beneficios por la reserva de capitalización. Asimismo, para la pequeña y mediana empresa se crea una reserva de nivelación de bases imponibles negativas. La introducción de ambas reservas y la necesidad de controlar su adecuada aplicación, justifica la incorporación a los modelos de declaración de cuadros informativos relativos a ambas.
- Se incluyen novedades en el régimen de consolidación fiscal, tanto en la propia configuración del grupo fiscal como en la propia liquidación del impuesto.
- Se modifica la información que deben rendir las agrupaciones de interés económico y las uniones temporales de empresas, debiendo cumplimentar un cuadro incorporado en la declaración del modelo 200.
