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EL BREXIT PARA EL TRANSPORTE DE VIAJEROS LLEGARÁ EN 2021

Con la aprobación definitiva del Parlamento británico de la Ley de salida de la Unión Europea del Reino Unido, y la ratificación de este acuerdo por el Parlamento europeo esta semana y en base al preacuerdo alcanzado en octubre entre ambas partes, te informamos que durante al menos todo el año 2020 se mantendrán las actuales condiciones para la libre circulación de pasajeros entre la Unión Europea y el Reino Unido, por lo que los transportistas españoles podrán continuar realizando servicios de transporte internacional con el país británico sin ningún tipo de limitación administrativa ni restricción aduanera.

En el Acuerdo de Retirada suscrito por la Unión Europea con el Reino Unido, se fija un período de transición hasta el 31 de diciembre de 2020. Este período de transición, previsto en el acuerdo de retirada, tiene como objetivo proporcionar más tiempo para que ciudadanos y empresas puedan adaptarse. Durante el período de transición, el Reino Unido continuará aplicando el derecho de la Unión, pero sin estar ya presente en las instituciones de la UE. A su vez, dicho período de transición se puede ampliar hasta uno o dos años, si ambas partes lo acuerdan antes del 1 de julio de 2020.

Entre las materias que incluye el Acuerdo de Retirada, se dedica un capítulo específico al transporte por carretera, señalando las partes su compromiso de garantizar un acceso comparable al mercado para el transporte de mercancías y pasajeros por carretera, así como el cumplimiento de las normas sociales y de empleo para el transporte internacional y las normas de circulación.