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AYUNTAMIENTO MADRID - MEDIDAS DE RESTRICCIÓN DEL TRÁFICO A VEHÍCULOS PESADOS - MADRID ORGULLO (MADO)

Se ha publicado la Resolución de 15 de Junio de 2018, del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid por la que, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2018 los días 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de julio de 2018, se establecen distintas medidas de seguridad en horarios y espacios concretos.

La Resolución adopta principalmente las siguientes medidas:

- La prohibición de circular los días 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de julio a todos los vehículos de más de 3.500 kilogramos de M.M.A, destinados bien para el transporte de mercancías, bien para el de personas, exceptuándose aquellos que se especifiquen en la presente resolución, en el perímetro que se determina a tal efecto, los días y horas que se especifican en la Resolución.

- Dada la excepcionalidad y limitación temporal de la medida, no serán sancionados los vehículos de más de 3.500 kilogramos de MMA (Masa máxima autorizada), que se encontrasen estacionados o circulando en el perímetro de seguridad durante los horarios de las restricciones. No obstante, los Agentes de la Autoridad actuantes, indicarán con suficiente antelación a los conductores y titulares de dichos vehículos la obligatoriedad de abandonar inmediatamente el perímetro de seguridad establecido.

- Vehículos excepcionados de la prohibición temporal de circulación: Camiones y otros vehículos utilizados en la Manifestación Central de Madrid Orgullo (MADO) 2018; Autobuses, grúas y furgones taller de la Empresa Municipal de Transportes; Grúas de retirada de vehículos de la vía pública gestionadas por la Empresa Municipal de Transportes; Autobuses interurbanos de línea regular con inicio o final de trayecto en la zona sometida a las prohibiciones de circulación; Autobuses de transporte turístico de concesión municipal, con itinerario fijo y reiteración de horario y calendario; Vehículos adscritos a los servicios públicos municipales de limpieza viaria, Servicio de Limpieza Urgente (SELUR), vehículos empleados para la instalación, limpieza y mantenimiento de los sanitarios portátiles para Madrid Orgullo (MADO) 2018 y vehículos de recogida de residuos debidamente rotulados y acreditados; Unidades móviles de producción y retrasmisión audiovisual.

Aquellos vehículos que aun sin estar incluidos en las categorías anteriores, reciban la autorización expresa de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias como medida excepcional: La solicitud para obtener dicha autorización se dirigirá por escrito al correo seguridademergencias@madrid.es antes de las 23:59 horas del día 2 de julio de 2018.

- Adopción de las siguientes medidas de prohibición de estacionamiento los días 4, 6, 7 y 8 de julio de 2018 a todo tipo de vehículos, incluyéndose ciclomotores y bicicletas, exceptuándose aquellos que se especifiquen en la presente resolución, dentro de los perímetros que se determinan a tal efecto, los días y horas que se especifican a continuación:

DIA 4 DE JULIO DE 2018: Desde las 18:00 horas hasta las 23:59 en la plaza de Pedro Zerolo y en las siguientes vías adyacentes:

Calle de las Infantas desde su confluencia con la calle de Barbieri hasta la calle de Hortaleza, Calle del Clavel desde la Gran Vía hasta la plaza de Pedro Zerolo, Costanilla de Capuchinos en su totalidad y Calle de San Bartolomé desde la plaza de Pedro Zerolo hasta la calle San Marcos.

DÍAS 6, 7 Y 8 DE JULIO DE 2018: Desde las 17:00 horas del día 6 de julio de 2018 hasta las 13:00 horas del día 8 de julio de 2018, dentro del perímetro del Barrio de Justicia del Distrito de Centro comprendido entre las calles Hortaleza, Fernando VI, Bárbara de Braganza, paseo de Recoletos, Alcalá y Gran Vía, concretamente en las siguientes vías:

Calle de la Reina, Calle de las Infantas (desde la calle de Hortaleza hasta la calle del Barquillo), Calle de San Marcos (desde la calle de Hortaleza hasta la calle del Barquillo), Calle Piamonte, Calle Marqués del Monasterio, Calle San Lucas, Travesía de San Mateo (desde la calle de Hortaleza hasta la calle Pelayo), Calle Belén, Calle del Barquillo, Calle del Marqués de Valdeiglesias, Calle de Víctor Hugo, Calle del Clavel, Calle Colmenares,  Calle Libertad, Calle de San Bartolomé, Calle Costanilla de Capuchinos, Calle Pelayo, Calle Tamayo y Baus, Calle Conde de Xiquena, Calle Santo Tomé, Calle Luis de Góngora, Travesía de Belén, Calle San Gregorio y Calle de los Regueros.

- Restricción de circulación: el sábado 7 de julio de 2018, desde las 8:00 hasta las 16:00 horas, en la totalidad de la Gran Vía, desde su confluencia con la calle de Alcalá hasta la plaza de España, se restringirá la circulación a todo tipo de vehículos, exceptuándose los que se mencionan a continuación: Vehículos destinados a la carga y descarga de mercancías cuyo objeto sea el abastecimiento de negocios ubicados en la vía objeto de la prohibición o en calles adyacentes; Residentes en la vía objeto de la prohibición, residentes en calles adyacentes a Gran Vía o titulares de plazas de aparcamiento en las mismas; Autobuses de la Empresa Municipal de Transportes; Vehículos autotaxi y VTC; Autobuses de transporte turístico de concesión municipal, con itinerario fijo y reiteración de horario y calendario; Vehículos adscritos a los servicios públicos municipales de limpieza viaria, Servicio de Limpieza Urgente (SELUR), vehículos empleados para la instalación, limpieza y mantenimiento de los sanitarios portátiles para Madrid Orgullo (MADO) 2018 y vehículos de recogida de residuos debidamente rotulados y acreditados; Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual; Vehículos que accedan a hoteles y porten maletas o bultos pesados; Grúas para el remolque de vehículos; Vehículos de transporte funerario; Vehículos de personas con movilidad reducida y aquellos vehículos que, a criterio de los Agentes de la Autoridad actuantes, deban acceder por razones de interés general o necesidad urgente inaplazable.

Dada la excepcionalidad y limitación temporal de la medida, los vehículos señalados que en el horario de restricciones de circulación se hallaren circulando por la Gran Vía, no serán sancionados por este hecho. No obstante, los agentes de la autoridad actuantes indicarán a los conductores de dichos vehículos la obligatoriedad de abandonar inmediatamente la vía objeto de esta prohibición.