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AYUNTAMIENTO MADRID: ESTACIONAMIENTO CON MOTOR APAGADO

Desde la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid (órgano del que dependen Policía Municipal y Agentes de Movilidad) nos informan que en las próximas fechas, a través de los Agentes de Movilidad, se va a hacer especial énfasis en el cumplimiento del Art. 60 de la Ordenanza de Movilidad de la Ciudad de Madrid, y en concreto en la obligación de realizar el estacionamiento del vehículo de transporte publico de viajeros con el motor apagado (el conductor deberá apagar el motor del vehículo estacionado aun cuando permanezca en el interior del vehículo).

De esta obligación los vehículos de transporte público de viajeros quedaran excluidos entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre.

El incumplimiento de esta obligación supondrá una sanción leve de hasta 100 €.