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EL AYUNTAMIENTO DE MADRID DICTA MEDIDAS DE RESTRICCIÓN AL TRÁFICO EN GRAN VIA

El Ayuntamiento de Madrid ha publicado en el BOAM nº. 8.278 de 15 de noviembre de 2018 (BOCM 15/11/2018), la Resolución de 13 de noviembre de 2018 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid por el que se establecen medidas de restricción del tráfico en la calle Gran Vía y calle de la Aduana desde el día 23 de noviembre de 2018 al 7 de enero de 2019.

Desde el Ayuntamiento de Madrid nos trasladan que “con el firme propósito de mantener la seguridad de las personas y asegurar la prestación de los servicios públicos esenciales, se aconseja establecer de modo anticipado y programado medidas extraordinarias de restricción, control de paso y circulación del tráfico rodado de vehículos pesados en la calle Gran Vía dentro del marco temporal definido en la presente resolución”.

Las principales medidas adoptadas en la Resolución son las siguientes:

- Restricción del tráfico desde el 23 de noviembre de 2018 hasta el 7 de enero de 2019 (ambos incluidos).

- La prohibición de circular a todos los vehículos de más de 3.500 kilogramos de MMA (Masa máxima autorizada), destinados bien para el transporte de mercancías, bien para el de personas, exceptuándose aquellos que se especifiquen en la presente resolución, en la calle Gran Vía (desde la plaza de España hasta su confluencia con la calle Alcalá) desde las 11:00 horas hasta las 23:00 horas, y la prohibición de circular a todos los vehículos en la calle de la Aduana desde las 11:00 horas hasta las 23:00 horas, salvo servicios y residentes en las calles Jardines y de la Aduana.

- Vehículos excepcionados de la prohibición temporal de circulación: quedarán exceptuados de la prohibición impuesta los siguientes vehículos:

1/ Autobuses de la Empresa Municipal de Transportes.

2/ Autobuses de transporte turístico de concesión municipal, con itinerario fijo y reiteración de horario y calendario.

3/ Autobuses del servicio especial de transporte urbano de viajeros para contemplar la iluminación navideña, organizado por el Ayuntamiento de Madrid.

4/ Unidades móviles de producción y retrasmisión audiovisual.

5/ Aquellos vehículos que aun sin estar incluidos en las categorías anteriores, reciban la autorización expresa de la Dirección General de la Policía Municipal como medida excepcional. La solicitud para obtener dicha autorización se dirigirá por escrito al correo seguridademergencias@madrid.es en los 4 días hábiles anteriores al día o días para los que se solicite la preceptiva autorización, debiendo contener como mínimo:

a) Motivación fundada que exprese la absoluta necesidad de solicitar esta medida excepcional.

b) Marca, modelo, matrícula y características técnicas del vehículo con el que se pretende acceder a las zonas objeto de las restricciones.

c) Filiación completa de la persona o personas que se hallarán en el vehículo objeto de la solicitud, bien como conductor/es, bien como acompañantes o pasajeros.

La autorización se realizará por escrito y de forma expresa y será remitida a la dirección de correo electrónico que facilite el interesado. El silencio administrativo será interpretado de forma negativa.

Tienes a tu disposición la Resolución en la Web de la Asociación www.aetram.es dentro de la sección NORMATIVA del AREA ASOCIADOS.