Miércoles, 04 de Junio de 2025
 
HUELGA TRANSPORTE VIAJEROS. CONVENIO REGULARES CAM. SERVICIOS MINIMOS
 
 

Con motivo de la huelga de transporte de viajeros convocada por los sindicatos CCOO, UGT y SLT para los días 16, 17, 20, 24, 27 y 31 de mayo de 2013, desde las 00,00 horas hasta las 24,00 horas, la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid ha dictado con fecha de hoy una Orden por la que se establecen los servicios mínimos en los diversos tipos de transporte.

Sin perjuicio de hacer constar que la huelga no debe afectar al transporte discrecional, turístico y regular de uso especial por no encontrarse en conflicto y tener su propio convenio firmado, las empresas deberán adoptar las medidas necesarias ante la posible afectación de la movilidad de los vehículos por parte de piquetes de huelga.
 
Desde AETRAM debemos resaltar que las empresas dedicadas al transporte discrecional, turístico y regular de uso especial no se encuentran en huelga.
 
En cualquier caso conviene que las empresas conozcan que los servicios mínimos señalados son los siguientes:
 
TRANSPORTE REGULAR DE USO ESPECIAL – ESCOLARES: 80%
 
TRANSPORTE REGULAR DE USO ESPECIAL  - TRABAJADORES/ESTUDIANTES:
                              
-          Servicios que transcurren mayoritariamente por carreteras distintas de las
radiales o no tienen su origen o destino en el término municipal de Madrid: 50%
 
-          Resto de Servicios: No se establecen servicios mínimos
 
-          Transporte de trabajadores del Metro: 80%
 
TRANSPORTE REGULAR TEMPORAL, TRANSPORTE DE MENORES Y TRANSPORTE DE MENORES Y TRANSPORTE DISCRECIONAL Y TURISTICO: No se establecen servicios mínimos.
 
Consideramos que para solventar cualquier eventualidad sería aconsejable que los autocares discrecionales portaran un cartel que señalara “SERVICIOS MINIMOS”.